Aledo en una foto de archivo / Murcia.com

Mas de mil alegaciones al proyecto de nuevo Plan de Ordenación Urbana (PGMO) de Aledo

Multiplicaria por setenta la actual población de unos 1.000 habitantes

Los alegantes denuncian que el “nuevo” Plan es un burdo maquillaje del Plan de 2005 que fue anulado por el TSJ de Murcia en 2010 y por el Tribunal Supremo en 2013

Unas 1.060 alegaciones –algunas más que habitantes tiene Aledo en el censo oficial– se han presentado en los últimos días a la aprobación provisional de la revisión del Plan General Municipal de Ordenación (PGMO) de Aledo, que se encontraba en proceso de exposición pública por 45 días, desde su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Aledo el pasado mes de abril.

En la mayoría de las distintas alegaciones presentadas, se denuncia que la revisión de este supuesto nuevo Plan, no es sino un burdo maquillaje del Plan aprobado en 2005, que fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en 2010 y después ratificada esa anulación en 2013 por el Tribunal Supremo.

Las más de 1.000 alegaciones han sido presentadas por ciudadanos y propietarios y afectados particulares de Aledo, así como a través de la representación de varios colectivos sociales y empresariales como: la Unión de Agricultores y Ganaderos del Bajo Guadalentín (COAG), la Asociación de Propietarios del Llano de las Cabras (APELCA) y la Confederación Empresarial del Bajo Guadalentín (CEBAG).

En las distintas alegaciones se cuestiona la previsión y provisión y procedencia de la dotación de agua potable para abastecer las más de 24.000 nuevas viviendas que potencialmente el Plan prevé se puedan construir en el horizonte final del mismo; así como que se hayan previsto las infraestructuras de todo tipo necesarias para dar servicio a una población, que de los poco más de 1.000 habitantes actuales, puede llegar a tener más de 75.000 habitantes en el horizonte de 2030. Ello supondría multiplicar por más de 70 veces la población actual, lo que, según las alegaciones, plantea serias dudas sobre el impacto y la “capacidad de acogida” del territorio para hacer sostenible y asumir una carga y huella ambiental tan desproporcionada. Estas mismas deficiencias –que según los alegantes aún subsisten– fueron la causa principal de la anulación del Plan de 2005 por el TSJ de Murcia.

En las alegaciones también se denuncia que la apariencia de “nuevo modelo territorial” y de supuesta “mayor protección del suelo” no es tal, porque no se cumplen la mayor parte de los requerimientos establecidos en 2011 por la Dirección General de Medio Ambiente. Y también porque, respecto del Plan de 2005 anulado por el TSJ de Murcia, se aumenta el suelo urbano un 190%; el urbanizable sectorizado (urbanizaciones) –a pesar de desaparecer un tercio de los sectores– se mantiene en un 87%; y el urbanizable sectorizado especial (el que se puede edificar en parcelas de 2.500 m.) aumenta un 531%. Mientras que la mayor parte de los terrenos con cultivos agrícolas –que en 2005 podían hacer edificaciones en fincas de 5.000 m.– ahora se reclasifican a protegidos o no urbanizables inadecuados, lo que hace que los agricultores sean lo más perjudicados por someter sus terrenos a protección, para justificar el mantenimiento de las urbanizaciones y dar, a su costa, una apariencia de mayor protección del suelo que, a juicio de los alegantes, no es sino un “burdo maquillaje” sin consistencia.

En la mayor parte de las alegaciones se solicita la paralización del Plan, hasta que no esté resuelta la reclasificación del suelo del Llano de las Cabras –que supone casi una quinta parte del término municipal y cuya protección como ZEPA se ha solicitado desaparezca–, o bien se proceda a suspender o a denegar la aprobación del Plan, al adolecer de defectos insubsanables, que coinciden, en gran parte, con los mismos que motivaron la anulación del Plan de 2005, primero por el TSJ de Murcia y posteriormente por el Tribunal Supremo.

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