El Grupo Municipal Popular presentará una moción al Pleno del mes de septiembre "para apoyar a los vecinos de Totana que desarrollan, como primera actividad económica y medio de vida familiar, la venta ambulante ante las limitaciones que supone el ejercicio de esta actividad por la aplicación de la nueva ley impuesta por el Gobierno de la Nación".
"Asimismo, a través de esta iniciativa popular se solicitará a la Dirección General de Comercio de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación de la Región de Murcia que inicie las actuaciones similares a las desarrolladas por otras comunidades autónomas españolas para ampliar los plazos posibles establecidos, que obliga periódicamente a limitar la autorización para el ejercicio de la venta ambulante", añaden.
La concejal de Comercio, Isabel María Sánchez, informó en un comunicado de que "en la actualidad, son más de un centenar las familias residentes en Totana que ejercen la venta ambulante en éste y otros municipios de la Región de Murcia, y tienen dicha actividad como su principal actividad económica y medio de vida familiar".
La venta ambulante, tal y como indicó la edil, "ha sufrido en los últimos tiempos considerables cambios convirtiéndose en una actividad comercial muy arraigada, lo que hace imprescindible proceder a la determinación de una serie de criterios técnicos mínimos que sirva para homogeneizar, reordenar y controlar este tipo de actividad".
Al respecto, explicó que "el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha impulsado, a través de la modificación de la normativa existente, que provoca una serie de inconvenientes y limitaciones importantes para la realización de actividades de servicios de distribución comercial".
Estos inconvenientes, según Isabel María Sánchez, "han generado una gran preocupación y un enorme malestar entre los profesionales del sector de la venta ambulante en nuestro municipio, ya que las quejas de los mercaderes vienen motivada porque la autorización para el ejercicio de la venta ambulante tendrá una duración limitada, según se recoge en el artículo 3 de esta norma; donde se establece que el Ayuntamiento fijará la duración de la autorización para su ejercicio".
Además, "se fijará una limitación para un período no máximo de cuatro años de la ocupación de vía pública, lo que acarrea, según denuncian los afectados, un resarcimiento injusto de las inversiones acometidas por sus titulares y una falta evidente de garantías en la seguridad y estabilidad de los profesionales del sector de la venta ambulante".
Al respecto, añadió que "existen comunidades autónomas españolas, como es por ejemplo el caso de la de Madrid, que han actualizado su normativa reguladora de la venta ambulante mediante un régimen transitorio para los titulares de las autorizaciones municipales que vinieran desarrollando la actividad con anterioridad".