El concejal de Servicios, Víctor Balsas, en una foto de archivo / Totana.com

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas contesta a la carta remitida por el concejal Víctor Balsas

Balsas solicitaba medidas para condonar o refinanciar la deuda municipal

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha contestado, a través de una nota informativa de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, al concejal de Servicios del Ayuntamiento de Totana, Víctor Balsas, a la carta que éste remitió al ministro, Cristóbal Montoro, a principios del pasado mes de junio.

Desde la Secretaría de Estado de Administraciones públicas dicen que: “Ante la imposibilidad de hacerlo personalmente como sería su deseo, el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas me encarga le agradezca en su nombre la confianza que le demuestra al hacerle partícipe de sus problemas, concretamente sobre la deuda del Ayuntamiento de Totana”.

La nota informativa se expresa en los siguientes términos:

La deuda financiera a 31 de diciembre de 2014 era de 73,2 millones de euros, las obligaciones pendientes de pago de la administración general del ayuntamiento eran en 2014 de 17,1 millones de euros, pero los derechos pendientes de cobro, descontada la provisión por saldos de dudoso cobro, se elevan a 20,7 millones de euros. El remanente de tesorería para gastos generales ajustado se sitúa, en 2014, en -1,0 millones de euros, para la administración general del ayuntamiento.

El ayuntamiento se benefició del mecanismo de pagos a proveedores por un importe de 35,2 millones de euros correspondientes a 9.784 facturas. Ese importe no se financió mediante préstamos con el  Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores porque la corporación local no presentó un plan de ajuste que pudiese ser valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Dicha deuda se está compensando mediante retenciones en la participación en tributos del Estado y la cuantía pendiente de amortizar está incluida en la cuantía de la deuda financiera de 73,2 millones de euros antes citada.

Por parte de la Administración General del Estado se han establecido diversas medidas para ayudar financieramente a las entidades locales:

• Mecanismo de pagos a proveedores (tres fases en 2012 y 2013). Las entidades locales pudieron convertir deuda comercial vencida, líquida y exigible en deuda financiera amortizable en 10 años, los dos primeros de carencia. El Ayuntamiento de Totana, al no tener valorado favorablemente el plan de ajuste que se requería no pudo acceder a formalizar esa operación financiera en ninguna de las tres fases citadas.

•  Medidas extraordinarias de apoyo financiero recogidas en el Título II del Real Decreto-ley 8/2013, de 26 de junio. El ayuntamiento presentó un plan de ajuste que se valoró favorablemente y se acogió a las siguientes medidas:

- Anticipo con cargo a su participación en tributos del Estado por un importe máximo de la cuantía equivalente a las entregas a cuenta de 2014 por dicho concepto, es decir 5,6 millones de euros. Este anticipo de reintegra en un período de tres años.

- Ampliación del período de reintegro de los saldos que resultaron a cargo del municipio en las liquidaciones definitivas de la participación en tributos del Estado de los años 2008 y 2009.

- Aplicación de una reducción del porcentaje de retención que se estuviere aplicando con el límite del 25 por ciento establecido en el artículo 108.Tres de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013.

- Autorización, exclusivamente para 2013, para la conversión de las operaciones financieras a corto plazo que hubieren concertado antes de la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley en operaciones a largo plazo.

- Autorización para la concertación de una operación de crédito a largo plazo para financiar el remanente negativo de tesorería para gastos generales del año 2012, así como las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto y registradas contablemente a 31 de diciembre de 2012 en la cuenta de «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» .

• Constitución de un Fondo de Ordenación para ayuntamientos en situación de riesgo financiero (Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre). Con dicho Fondo se financian vencimientos de las operaciones de préstamo que tengan concertadas los ayuntamientos que se encuentran en aquella situación, de modo que los vencimientos de un año se pagan en 10 años. Era necesario que la entidad local refinancie sus préstamos en condiciones de prudencia financiera y que apruebe un plan de ajuste sujeto a la valoración del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. El ayuntamiento de Totana pudo acogerse, pero no lo hizo.

• Posibilidad de sustituir la aplicación de retenciones para compensar deudas derivadas del mecanismo de pagos a proveedores por una operación de préstamo con el Fondo de Ordenación (Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos). Con esta medida se habilitaba una segunda oportunidad a aquellas entidades locales que no formalizaron los préstamos con el Fondo de Financiación para los Pagos a Proveedores. También se precisaba un plan de ajuste. El ayuntamiento de Totana pudo acogerse, pero no lo hizo.

En consecuencia, se han habilitado diversas medidas de apoyo financiero a municipios con problemas a las que ha podido acceder el ayuntamiento de Totana, pero a las que ha renunciado y que habrían posibilitado una mejor gestión financiera de la entidad y una mejora de su solvencia.

No obstante, por lo que se refiere al Fondo de Ordenación podrá solicitar la adhesión en el mes de julio si no puede refinanciarse en condiciones de prudencia financiera o solicitarla el próximo año si se mantienen sus problemas financieros.

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