La Policía Local efectúa controles a un total de 9.176 vehículos y personas; y tramita 423 procedimientos sancionadores desde que se decretó el estado de alarma

La Policía Local de Totana ha efectuado controles a un total de 9.176 vehículos y personas en diferentes zonas del término municipal; y ha tramitado 423 procedimientos sancionadores en relación a la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana desde que se decretó el estado de alarma el pasado 14 de marzo.

La Jefatura de la Policía Local ha realizado un informe de las actuaciones realizadas por este Cuerpo desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, hasta ayer 30 de abril.

Los controles se han desarrollado de manera fija y móvil en las vías públicas del término municipal de Totana, en este caso, el casco urbano, las pedanías, urbanizaciones La Charca y Nueva Espuña, polígono industrial “El Saladar”, caminos rurales municipales y carreteras regionales, entre otros lugares.

En este tiempo, se han realizado un total de 17 actuaciones a requerimiento de las autoridades sanitarias, y se han controlado a 26 vecinos de Totana por posibles incumplimientos de los aislamientos domiciliarios.

Además, se han cumplimentado 8 actas de cese de actividad por incumplir la obligación de suspender la actividad al no estar autorizada en virtud del Real Decreto, o por no respetar las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

La apertura de los mencionados 423 procedimientos sancionadores en relación con el artículo 36.6, de la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana se efectuaron por desobediencia a resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones. 

En relación con los desplazamientos de población infantil, se han abierto 2 expedientes sancionadores, en la calle Estación de esta localidad, a dos adultos que en la tarde del 29 de abril, paseaban con sus hijos menores, en compañía de sus parejas, cuando solamente está permitido el desplazamiento de un menor de 14 años y un adulto responsable.

Según fuentes de la Jefatura de la Policía Locall, las citadas sanciones están calificadas como graves, y la multa pecuniaria oscila entre los 601 a 30.000  euros.

Los criterios de graduación de dichas sanciones dependen de la actitud del denunciado hacia los agentes; del nivel de riesgo producido para la seguridad ciudadana o la salud pública (número de personas, circunstancias, etcétera); y de la reincidencia o persistencia en la infracción.

Asimismo, depende de la presencia de menores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad, en especial en los supuestos de circulación mediante vehículo no permitida que incremente los riesgos de contagio del COVID-19 (número de ocupantes del vehículo, actitud dolosa del causante de la infracción y dificultad de identificación del infractor o infractores, entre otras).

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