Nuevo decreto para regular las Fiestas de Interés Turístico Regional

El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno, a propuesta de la Consejería de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, al nuevo decreto que regula la tramitación del procedimiento de concesión o revocación de la calificación de Fiesta de Interés Turístico Regional.

Esta nueva norma simplifica el procedimiento, al ser necesario solo un informe técnico favorable del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, y mejora la redacción de los criterios para la concesión, concretando cada uno de ellos.

Por ejemplo, determina la diversidad de actos de interés de la fiesta, se concreta el tipo de informe que hay que presentar sobre la asistencia al evento el de las fuerzas de orden público y las estadísticas de las oficinas de turismo-, y fija en cinco años las aportaciones de apariciones en medios de comunicación de la fiestas, siendo al menos uno de ámbito nacional. Finalmente, se concreta el arraigo de la fiesta considerando la existencia y evolución en los últimos diez años de asociaciones, peñas u otras agrupaciones similares, así como su colaboración activa en la organización del evento en los últimos diez años.

Podrán optar a esta distinción aquellos eventos o acontecimientos festivos que se celebren en el territorio de la Región de Murcia y que supongan un significativo atractivo turístico, por la existencia de aspectos originales y de calidad que los singularicen, por su repercusión turística para la atracción de visitantes, así como por su capacidad para la promoción del turismo regional que contribuya a la difusión de la imagen turística de la Región dentro y fuera de la Comunidad Autónoma.

Además, deben cumplir los requisitos de que no se realicen actos que supongan menosprecio a cualquier colectivo, que atenten contra los derechos fundamentales y las libertades públicas o puedan lesionar o vulnerar la diversidad cultural; no se maltraten animales; tener una antigüedad de 15 años en el momento de la solicitud; y que exista una entidad, pública o privada, legalmente constituida, y con capacidad económica suficiente, que asegure la continuidad de la fiesta.

También es imprescindible que contribuya a la promoción de los valores sociales, culturales, ambientales y territoriales de la Región de Murcia, así como el arraigo de la fiesta en la localidad.

Las declaraciones de Fiesta de Interés Turístico Regional llevarán consigo su inclusión en las campañas de promoción turística que se lleven a cabo por el Gobierno regional, la posibilidad de utilizar esta distinción en todas las actividades de publicidad y difusión de la fiesta o eventos y la obligación de preservar los requisitos que sirvieron para su declaración.

Esta calificación podrá ser revocada por resolución del Instituto de Turismo de la Región de Murcia,siempre que hayan dejado de concurrir las circunstancias que motivaron su concesión.

El decreto consta de diez artículos distribuidos en tres capítulos, así como una disposición transitoria, una derogatoria y una final. Su contenido fue consultado a la Federación de Municipios de la Región de Murcia y a 19 instituciones, colectivos o asociaciones relacionadas con el turismo y dispone de los informes positivos del Consejo Regional de Cooperación Local y el Consejo Asesor Regional de Consumo de la Región de Murcia, así como con adaptaciones con acuerdo del Consejo Jurídico.

Este decreto deroga el 77/2005, de 24 de junio, de fiestas y distinciones turísticas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

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